La Pesca en el País Vasco
 
Documentación para pescar
  • Para realizar el ejercicio de la pesca en el País vasco, es necesario estar en posesión y llevar consigo los siguientes documentos:
  • - D.N.I.

    - Licencia de pesca y justificante de pago (expedido por el servicio correspondiente de cada Diputación Foral)

    Cuando se trate de terrenos de Régimen Especial, deberá acompañarse, además, del correspondiente permiso que le autorice.

    1. Permisos para cotos
    2. Se admitirán las solicitudes en los correspondientes Departamentos Forales desde el 1 de Noviembre hasta el 31 de Diciembre de 1999.

      En Alava y Gipuzkoa se atenderá a lo dispuesto en las particularidades de la Orden de Vedas de cada Territorio.

      En Bizkaia el sorteo se realizará el tercer lunes de enero del 2000.

    1. Partes de captura
    2. Los datos de las truchas capturadas en los cotos del País Vasco deberán ser trasladados al parte facilitado junto con el permiso, inmediatamente después de la captura.

      Será obligatoria la remisión de los partes de captura, enviándolos en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de disfrute del permiso, aunque las capturas hubiesen sido nulas o no se hubiese disfrutado del permiso, al Departamento Foral o a la Federación Territorial de Pesca correspondientes, bien por correo certificado, a través de Registro, o por cualquier otro método que deje constancia de haberlos entregado.

      El incumplimiento injustificado de esta obligación dará lugar a la no expedición de nuevos permisos para las dos temporadas siguientes.

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