Biotopo Protegido de Inurritza
Normativa
Las normas que regulan este Biotopo Protegido se recogen en su decreto de declaración, publicado en el B.O.P.V. nº 48, de 11 de Marzo de 1997.
Normas de Uso Público:
Te encuentras en un entorno privilegiado y debes respetarlo. Pasear y observar el paisaje, la flora y la fauna es la mejor forma de disfrutarlo.
 
El baño está autorizado, así como otras actividades ligadas a la playa.
 
De cara a salvaguardar los valores naturalísticos de esa zona, está restringida la estancia y el paseo por la margen izquierda de la ría.
 
No está permitido encender fuego con uso recreativo.
 
No está permitida la acampada. Utiliza los campings cercanos.
 
Recuerda que debes mantener limpio el entorno. Llévate la basura que generes o deposítala en los lugares destinados a tal fin.
 
No cortes flores ni dañes a los animales, a las algas o a cualquier otro elemento del medio natural. Respétalos.
 
No está permitido dar muerte, dañar, perturbar o inquietar a los animales marinos ni terrestres, incluyendo su captura en vivo y la recolección de huevos y crías.
 
Unicamente se puede transitar con vehículos a motor por las carreteras asfaltadas de acceso.
 
No debes realizar marcas, pintadas o señalizaciones, indelebles o no.
 
No alteres la calma de este lugar con altavoces, tubos de escape libre, megáfonos, bocinas, instrumentos musicales, aparatos de radio...con volumen que resulte molesto.

(Biotopo Protegido de Inurritza):   Presentación - Normativa - Ficha - Mapa turístico
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