Biotopo Protegido de Gaztelugatxe
Normativa
Las normas que regulan este Biotopo Protegido se recogen en su decreto de declaración, publicado en el B.O.P.V. nº 198, de 19 de Octubre de 1998.
Normas de Uso Público:
Te encuentras en un entorno privilegiado y debes respetarlo. Pasear y observar el paisaje, la flora y la fauna es la mejor forma de disfrutarlo.
 
El baño está autorizado, así como la entrada de pequeñas embarcaciones cuya velocidad no supere los 3 nudos.
 
Se permite pescar, pero únicamente con caña y desde tierra.
 
No está permitido encender fuego con uso recreativo.
 
No está permitida la acampada.
 
Recuerda que debes mantener limpio el entorno. Llévate la basura que generes o deposítala en los lugares destinados a tal fin.
 
No cortes flores ni dañes a los animales, a las algas o a cualquier otro elemento del medio natural. Respétalos.
 
El marisqueo está prohibido con una moratoria de 2 años.
 
No se puede fondear las embarcaciones dentro del límite del Biotopo Protegido.
 
No está permitido cazar, animales marinos ni terrestres.
 
El buceo no está permitido, ni a pulmón ni con botellas.
 

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