Biotopo Protegido de Gaztelugatxe |
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Normativa |
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Las normas que regulan este Biotopo Protegido se recogen
en su decreto de declaración, publicado en el B.O.P.V.
nº 198, de 19 de Octubre de 1998.
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Normas de Uso Público:
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Te encuentras en un entorno privilegiado y debes respetarlo.
Pasear y observar el paisaje, la flora y la fauna es la mejor forma de disfrutarlo. |
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El baño está autorizado, así como la entrada de
pequeñas embarcaciones cuya velocidad no supere los 3 nudos. |
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Se permite pescar, pero únicamente con caña y desde tierra. |
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No está permitido encender fuego con uso recreativo. |
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No está permitida la acampada. |
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Recuerda que debes mantener limpio el entorno.
Llévate la basura que generes o deposítala en los lugares destinados a tal fin. |
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No cortes flores ni dañes a los animales, a las algas
o a cualquier otro elemento del medio natural. Respétalos. |
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El marisqueo está prohibido con una moratoria de 2 años. |
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No se puede fondear las embarcaciones dentro del límite del Biotopo Protegido. |
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No está permitido cazar, animales marinos ni terrestres. |
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El buceo no está permitido, ni a pulmón ni con botellas. |
(Biotopo Protegido de Gaztelugatxe): Presentación - Normativa - Ficha - Mapa turístico |
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