Parque Natural de Gorbeia |
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Zonificación y Ordenación (continuación) |
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| Zonas de Reserva | ||
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Definición | ||
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Zonas de muy alto valor ecológico o singulares, en las cuales se permiten sólo actividades destinadas a la mejora y conservación natural. Estas zonas son las siguientes: |
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| - Encinares cantábricos de Altube, | |
por su carácter relíctico. |
| - Peñas de Aldamin, | |
por sus singularidades botánicas y faunísticas. |
| - Area de Aizgorrigane, | por sus singularidades faunísticas. | |
| - Pinar de Indusi, | |
por su singularidad botánica. |
| - Bojadi, | |
por su singularidad de la presencia del bojedo en Gorbeia. |
| - Humedales de Altube, | |
por su interés faunístico. |
| - Sauceda del arroyo de Oyardo, | |
por su carácter mediterráneo. |
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Criterios de ordenación 1.- Conservación de las singularidades de estos enclaves.
2.- Conservación estricta de los restos de la
turbera de Saldropo y restauración y acondicionamiento del área que ocupaba antes
de su explotación.
3.- Restauración de los bosques de ribera.
4.- Aprovechamiento de las especiales posibilidades
didácticas de estas zonas, con fines de educación y concienciación medioambiental.
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Normativa específica 1.- No se permiten actuaciones humanas, salvo las siguientes:
a) Paso para vigilancia.
b) Paseo siempre que ello no
conlleve el empleo de vehículos a motor.
c) Mantenimiento de infraestructuras
existentes: pistas, tomas de agua...
d) Circulación de vehículos sólo por
motivo de seguridad e incendios.
e) Tratamientos fitosanitarios.
f) Cortas controladas de carácter
sanitario o de regeneración, en el caso de rodales sin
regeneración natural. En estas
zonas se permite el vallado y la saca
de la madera obtenida
por métodos no impactantes para el suelo, así como el paso
de los vehículos necesarios para
realizar estas actividades, siguiendo sólo recorridos autorizados.
g) Caza para el control de
poblaciones.
h) Pesca, siguiendo las limitaciones
de la Normativa General del Parque.
i) Actividades educativas y de
divulgación medioambiental.
j) La estancia de ganado, siempre y
cuando no perjudique la consecución de los objetivos
propuestos.
2.- No se permite la introducción de especies no
presentes en estas zonas.
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(Parque Natural de Gorbeia): Presentación -
Mapa turístico -
Ficha Descripción - Población - Enclaves - Normativa |
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