Parque Natural de Valderejo
Zonificación y Ordenación (continuación)
Zona de protección de los cursos y masas de agua

Definición

Esta zona consiste en franjas de terreno de 25 m. de anchura a ambos lados de los cauces de los arroyos.

Normativa específica

Con carácter general no se permiten actuaciones de carácter público o privado que puedan alterar o modificar el aspecto, el relieve y la disposición de los elementos del medio natural.
Se autorizan las siguientes actividades:
a) Las acciones sobre el suelo o en el subsuelo, las masas arbóreas y la fauna y flora dirigidas a proteger la integridad del propio espacio.
b) Actividades blandas tales como senderismo por caminos señalados, contemplación de la naturaleza, miradores, actividades educativas y científicas sin infraestructura, siempre que no interfieran en el funcionamiento de los ecosistemas y sean previamente autorizadas por el Organo responsable de la Gestión del Parque.
c) Los agrícolas, ganaderos y forestales que no entren en contradicción con la protección del propio espacio.
d) Viveros.

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