Parque Natural de Valderejo |
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Zonificación y Ordenación (continuación) |
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| Zona de Reserva Integral en Monte Protector | ||
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Definición | ||
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Son aquellas zonas de Reserva Integral en las que, por ser la aptitud alta o muy alta para Monte Protector, se podrá permitir algunas actividades ligadas a este uso. |
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Normativa específica Se autorizan las siguientes actividades:
a) Las acciones sobre el suelo o en el subsuelo,
las masas arbóreas y la fauna y flora dirigidas a proteger la integridad del
propio espacio.
b) Actividades blandas tales como senderismo por
caminos señalados, contemplación de la naturaleza, miradores, actividades educativas
y científicas sin infraestructura, siempre que no interfieran en el funcionamiento
de los ecosistemas y sean previamente autorizadas por el Organo responsable de la
Gestión del Parque.
c) Tratamiento de Monte Alto irregular con
entresaca por huroneo, así como las labores selvícolas precisas para lograr el
equilibrio ecológico.
d) Los elementos de señalización administrativa,
cartografía, etc.
e) Los elementos constructivos e instalaciones
vinculadas a la investigación y divulgación científica, a la educación ambiental
y a la protección del propio espacio.
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(Parque Natural de Valderejo): Presentación -
Mapa turístico -
Ficha Descripción - Población - Enclaves - Normativa |
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