Parque Natural de Valderejo
Zonificación y Ordenación (continuación)
Zona de Reserva Integral en Monte Protector

Definición

Son aquellas zonas de Reserva Integral en las que, por ser la aptitud alta o muy alta para Monte Protector, se podrá permitir algunas actividades ligadas a este uso.

Normativa específica

Se autorizan las siguientes actividades:
a) Las acciones sobre el suelo o en el subsuelo, las masas arbóreas y la fauna y flora dirigidas a proteger la integridad del propio espacio.
b) Actividades blandas tales como senderismo por caminos señalados, contemplación de la naturaleza, miradores, actividades educativas y científicas sin infraestructura, siempre que no interfieran en el funcionamiento de los ecosistemas y sean previamente autorizadas por el Organo responsable de la Gestión del Parque.
c) Tratamiento de Monte Alto irregular con entresaca por huroneo, así como las labores selvícolas precisas para lograr el equilibrio ecológico.
d) Los elementos de señalización administrativa, cartografía, etc.
e) Los elementos constructivos e instalaciones vinculadas a la investigación y divulgación científica, a la educación ambiental y a la protección del propio espacio.

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